martes, 20 de marzo de 2012

[OFER-TRABEC] NAC: Solicitud cantidatos predoc para proyecto invest

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(Permitida la reproducción siempre que se cite la fuente de este Servicio).
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---Procedencia:
Institución:Hospital Clinico Valencia. Serv Oncohematologia
Contacto correo-e:vguillem@uv.es
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Se solicitan candidatos para la realizacion de un proyecto de investigacion con Título "Estudio del significado pronostico de la expresión de VEGF y genes implicados en las vías de señalización del VEGF en pacientes con leucemia aguda mieloblástica".(PI11/00712)
Los candidatos han de ser licenciados no doctores en alguna de las areas de la Salud (Biologia, Bioquimica, Medicina, Farmacia, etc)(ver info completentaria).

La aceptación final del candidato dependerá de que haya superado los criterios para la obtención del contrato predoctoral (2+2) de la convocatoria PFIS del Fondo de Investigación Sanitaria. (Ver B:O:E Núm. 53 Viernes 2 de marzo de 2012 Sec. III. Pág. 18287-18351)

La solicitudes se han de enviar mediante correo electronico(adjuntar currículum vitae) a los siguientes investigadores hasta el 30 de marzo de 2012

María Collado (maeli@hotmail.com)
Vicent Guillem (vguillem@uv.es)

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Información complementaria de la oferta:
Requisitos de los candidatos
1. Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas, durante el periodo de beca descrito en el artículo 21.1.a), los que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título o haber superado los requisitos para acceder a las enseñanzas de tercer ciclo o a los Estudios Oficiales de Postgrado, conforme a alguna de las siguientes ordenaciones universitarias:
a.1) Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril: Haber finalizado los estudios conducentes al Título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
a.2) Estudios Oficiales de Postgrado regulados por el Real Decreto 56/2005 o por el Real Decreto 1393/2007:
1.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado.
2.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Diplomado, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, y tener superados, al menos, 60 créditos de postgrado.
3.º No haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado, y tener superados 300 créditos entre grado y postgrado, de los cuales, al menos 60, correspondan a postgrado.
a.3) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios que den acceso al doctorado conforme a sistemas educativos extranjeros, se estará a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, sin perjuicio de que la homologación del título que les habilite para el acceso a dichos estudios de doctorado se le requiera para la fase de contrato a la que se refiere el artículo 21.1.b).
b) Haber finalizado los estudios, considerándose como tal la fecha en que se acredite que se han superado todas las materias y requisitos académicos que constituyen el programa completo de las titulaciones que se indican a continuación en las fechas siguientes:
b.1) Posterior al 1 de enero de 2009, en el caso de licenciados, ingenieros, arquitectos y graduados o equivalentes en sistemas universitarios extranjeros. En el caso de estudios no finalizados (licenciados, arquitectos, ingenieros o graduados) el último requisito o asignatura que le haya dado acceso al postgrado debe ser posterior al 1 de enero de 2009.
b.2) Posterior al 1 de enero de 2008, en el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos o equivalentes en sistemas universitarios extranjeros.

b.3) Anterior a las citadas y posterior al 1 de enero de 2005, cuando se acrediten alguna de las siguientes situaciones:
1.º Estar en posesión del Título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR), Bioquímica, Psicología (PIR) o Radiofísica Hospitalaria.
2.º La dedicación a la atención y cuidado de hijos menores de seis años, entre el 1 de enero de 2005 y el 1 de enero de 2009.
b.4) Posterior al 1 de enero de 2005, en caso de tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 % debidamente acreditado. A estos efectos, se reservan dos plazas para aquellos candidatos que, cumpliendo los restantes requisitos, tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, en los términos establecidos en el artículo 1.2 de la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.
Las plazas no cubiertas en este turno de reserva de plazas, se acumularán al sistema de acceso general.
c) Contar con un expediente académico con una nota media igual o superior a 1,60 puntos obtenida a partir de la suma de créditos, multiplicada por el valor de la calificación de cada uno, dividiendo el resultado por el número total de créditos, y aplicando a la calificación de los créditos este baremo: Aprobado = 1, Notable = 2, Sobresaliente = 3 y Matrícula de honor = 4. Para el cómputo de la nota media se tendrán en cuenta, exclusivamente, los dos primeros decimales

Condiciones de las ayudas.
De acuerdo con el Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, la duración de las ayudas será de 48 meses, contados a partir de la fecha de incorporación del personal investigador en formación al centro receptor, y se estructuran en dos periodos:
a) En el primero, de 24 meses, la ayuda será en régimen beca y durante el mismo, el personal investigador en formación deberá obtener el Diploma de Estudios Avanzados (DEA), en el caso de los programas de doctorado regulados por el Real Decreto 778/1998, o superar los 60 créditos u obtener el título de máster en el programa oficial de postgrado que incluya el máster y doctorado en el caso de estudios regulados por el Real Decreto 56/2005, o superar las actividades del período formativo al que se refiere el artículo 18 del Real Decreto 1393/2007.
Aunque el investigador en formación hubiera obtenido el DEA o el certificado académico que acredita que se encuentra en el periodo de investigación del Programa de Doctorado al que se refiere al artículo 20 del Real Decreto 1393/2007 con anterioridad a la finalización de los dos primeros años de beca, no accederá a la fase de contrato hasta que no haya completado el período de veinticuatro meses de beca.
b) El segundo periodo comprenderá como máximo los 24 meses siguientes a la finalización del periodo de beca. Cuando el beneficiario de la ayuda en periodo de beca cumpla los requisitos para pasar a contrato en prácticas, el centro de adscripción lo formalizará sin que exista interrupción en la actividad y, en virtud del mismo, el beneficiario quedará vinculado al centro de adscripción donde desarrolle la tesis doctoral, asumiendo ambas partes las obligaciones contractuales que del mismo se deriven y que, en todo caso, se adecuarán a la presente convocatoria.

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